Gestión del crédito formativo bonificado
Las empresas disponen de un crédito para financiar la formación de sus trabajadores cuyo importe se obtiene al aplicar a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establece.
Las empresas que concedan permisos individuales de formación dispondrán de un crédito adicional según lo dispuesto en el artículo 13.3 del Real Decreto 395/2007 y en el artículo 23 de la Orden reguladora de esta iniciativa.
Todas las empresas disponen de un Crédito anual para la Formación Continua. M.SANTOS realiza los trámites ante la FTFE para la gestión de la bonificación, asesorando al cliente en todo el proceso y velando por el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa más reciente.
M.SANTOS es especialista en el servicio de Gestión de Bonificaciones, nuestro equipo de técnicos aporta experiencia en la gestión de las empresas. Nuestro servicio de Gestión Fundación Tripartita le ofrece:
- Analizar su plan de formación y facilitarle una previsión de las bonificaciones a obtener para cada curso.
- Información periódica del cumplimiento del % obligatorio de Aportación Privada y Colectivos Prioritarios: ser proactivos en la prevención de penalizaciones.
- Servicio adicional de auditoría: Si gestiona el crédito a nivel interno, podemos analizar sus procedimientos y ayudarle a mejorarlos, detectando los puntos fuertes y los puntos débiles en su proceso.
BENEFICIARIOS DE LA FORMACIÓN
Empresas:
- Entidades con centros de trabajo en el territorio estatal y que coticen por contingencias de formación profesionalTrabajadores asalariados:
- Que coticen a la Seguridad Social en concepto de formación profesional (excluidas Administraciones Públicas)
- Trabajadores que se encuentren en las siguientes situaciones: fijos discontinuos en periodo de no ocupación, o que accedan a desempleo durante el periodo formativo, o los acogidos a regulación de empleo
CÁLCULO DEL CRÉDITO
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